ARMAS: Todo instrumento para maltratar o herir. (Art. 273 Código Penal). También se consideran "Armas" los palos, piedras o cualquier otro instrumento para maltratar o herir. (Art. 428 Código Penal)
PORTAR UN ARMA: Significa llevarla fuera del hogar, llevarla consigo y poder utilizarla cuando se requiera.
TENENCIA DE ARMA: Se puede tener en el hogar o trabajo, no se puede portar en la calle.
PORTE DEPORTIVO: Se puede transportar el arma de su casa a los polígonos en los que se practica, y no puede ir cargada.
TIPOS DE PORTES:
- Porte a nivel Nacional (Lo otorga la Dirección de Armas)
- Porte a nivel Regional (Solo se puede portar en un Estado)
- Porte a nivel Regional-Municipal (Solo se puede portar en un Municipio)
INTERIOR DEL CAÑÓN: El diámetro interno del anima del cañón siempre es diferente por los campos y estrías. Los proyectiles una vez que son expulsados por la deflagración de la pólvora giran de dos formas, las cuales son llamados "Dextrogiro y Levógiro"
ARMAS DE ANIMA RAYADA: Se denominan así aquellas armas de fuego cuyo cañón se apresian estriamientos que dotan al proyectil que lo atraviesa de una rotación, dicha rotación le produce una mayor estabilidad a su trayectoria.
ARMAS DE ANIMA LISA: El cañón del arma es liso por dos razones, se emplean para disparar múltiples proyectiles a la vez, o un solo proyectil pero de gran tamaño.
NOMENCLATURA DE UNA PISTOLA:
- Cañón
- Boca de cañón
- Corredera
- Ventana de eyección
- Seguro externo
- Reten del cargador
- Reten de la corredera
- Disparador
- Cuadro o bastidor
- Seguro de empuñadura
- Guardamonte
- Ventana de alimentación
- Cargador
- Martillo
- Elementos de puntería (Guion y Alza)
NOMENCLATURA DE UN REVOLVER:
- Martillo externo (Aguja Percutora)
- Cañón
- Guion y Alza
- Boca de cañón
- Varilla de extracción
- Estrella
- Guardamonte
- Disparador
- Masa o cilindro (Tambor)
"NOTA: EL ARMA SIEMPRE SE DEBE USAR COMO SI ESTUVIESE CARGADA, AUNQUE NO LO ESTE."